domingo, 18 de enero de 2015

LEYES EDUCATIVAS

En este post, haremos un breve recorrido histórico por las siguientes leyes educativas de nuestro país que desde 1970 se han aprobado con el trascurso de cambios políticos, sociales y culturales en España:

LGE, 1970:  Ley General de Educación estableció la enseñanza obligatoria hasta los 14 años con la EGB, Tras ocho cursos el alumno accedía al BUP, o a la entonces creada FP.

LOECE, 1980: Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares, Tras la firma de la Constitución (1978) Estuvo vigente cinco años e introdujo un modelo democrático en la organización de los centros docentes.

LODE, 1985. La Ley Orgánica del Derecho a la Educación incorporó una red mixta de centros en la que a los centros públicos y privados que ya existían en España, se le suma un tercer tipo de centros, que son los centros concertados, es decir, centros privados con financiación pública.
Además, otro de los principios de la LODE es el de garantizar la participación de toda la comunidad escolar en el control y la gestión de los centros sostenidos con fondos públicos. Para ello la ley creó el Consejo Escolar como máximo órgano de gobierno del centro en el que están representados profesores, padres, alumnos a partir de secundaria y personal no docente del centro. El consejo escolar supervisa todas las actividades del centro y elige al director. Además del consejo, la ley estableció el Claustro de Profesores como órgano de decisión en los aspectos didácticos, y el Equipo Directivo, formado por el director, el jefe de estudios y el secretario, encargado de la gestión diaria del centro.

LOGSE, 1990. La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo amplió la escolaridad obligatoria a los 16 años; introdujo la ESO y el Bachillerato de dos años; reguló la educación especial y permitió que las comunidades autónomas no solo gestionaran los centros educativos, sino que pudieran redactar un porcentaje muy importante de los contenidos curriculares.

LOPEG, 1995. Es la Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes Conocida como «Ley Pertierra»; una ley sobre gestión y gobierno de los centros.

LOCE, 2002. La Ley Orgánica de Calidad de la Educación no llegó a aplicarse. Tras la llegada al poder del gobierno del PSOE, se paralizó el calendario de aplicación de la nueva ley por medio de un Real Decreto en 2004.

LOE, 2006. La Ley Orgánica de Educación. Esta Ley incluye la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, una materia obligatoria y evaluable, en detrimento de Lengua y Literatura, cuyas horas lectivas se redujeron en 25 horas. La crítica más amplia a esta Ley estaba dirigida a la menor exigencia al alumnado, con la posibilidad de pasar de curso con materias suspendidas.
La LOE reafirma el carácter de servicio público de la educación, considerando la educación como un servicio esencial de la comunidad, que debe hacer que la educación escolar sea asequible a todos, sin distinción de ninguna clase, en condiciones de igualdad de oportunidades, con garantía de regularidad y continuidad y adaptada progresivamente a los cambios sociales. El servicio público de la educación puede ser prestado por los poderes públicos y por la iniciativa social.
Curiosamente es esta ley la que determina que para ser Profesor de Secundaria se necesita el máster con contenidos pedagógicos y didácticos adecuados.

LOMCE, 2013. La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Ley Wert) es la propuesta de reforma de la LOE y de la LOGSE, dos leyes socialistas en aplicación y a las que el PP siempre se opuso. Vuelve a dar plena validez académica a la asignatura de Religión, recupera las pruebas externas de evaluación o reválidas, recorta las becas universitarias y establece concierto con los colegios que separan por sexo a los alumnos.  Además el consejo escolar pasa a ser un órgano puramente orientativo aumentando la figura de poder del director elegido ahora por las administraciones. Las asignaturas se dividen en troncales, específicas y de libre configuración autonómica. En las primeras, el Gobierno definirá contenido, estándares evaluables y horario mínimo; en las específicas, el Gobierno fija los estándares de aprendizaje y las comunidades los contenidos y el horario, y en las de libre configuración autonómica, las comunidades son responsables únicas de toda la asignatura.
Las etapas educativas también varían como podemos ver en la siguiente imagen:


La implantación de esta Ley está produciéndose ahora en los centros escolares de nuestro país.

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